DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL SOBRE LA CELEBRACIÓN DE LA INMACULADA Y EL ADVIENTO

La Conferencia Episcopal Argentina, autorizada por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos mediante el decreto Prot. n. 734/L/13, dispensa para que la celebración de la Inmaculada Concepción de la Virgen María pueda prevalecer sobre el 2º domingo de Adviento.

El decreto mencionado indica que para no perder el sentido del Adviento:

a) La segunda lectura de la Misa sea la del domingo.

b) En la homilía se haga alusión al tiempo de Adviento.

c) En la Oración de los fieles se formule al menos una petición con el sentido del Adviento, y se concluya con la Oración colecta del 2º domingo de Adviento del ciclo correspondiente.

MENSAJES DEL PAPA LEÓN


@Pontifex_es

2/11: La preocupación de Dios por no perder a nadie la conocemos desde dentro cada vez que la muerte parece hacernos perder para siempre una voz, un rostro, un mundo entero. Cada persona es, en efecto, un mundo entero.

2/11: El centro de la preocupación de Dios es que nadie se pierda para siempre, que cada uno tenga su lugar y resplandezca en su unicidad.


Dilexi te – Te he amado

REFLEXIÓN DE LA PALABRA DE ESTE FIN DE SEMANA

Obispo Oscar Ojea – 28/9/2025

REFLEXIONES VARIAS

La bendición del obispo Jorge

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I SÍNODO ARQUIDIOCESANO – DOCUMENTO FINAL

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INTENCIONES DEL PAPA

Oremos Juntos para que los creyentes de distintas tradiciones religiosas trabajemos juntos para defender y promover la paz, la justicia y la fraternidad humana.